FORMAS
Y TIPOS DE SOCIEDAD
La
forma jurídica de una empresa debe ser la adecuada a la actividad que se
pretende desarrollar, valorando factores como, el número de socios que van a
constituirla, el capital social, las obligaciones fiscales, la responsabilidad
frente a terceros y los trámites legales que son necesarios para su
constitución. Así, al crear una empresa debe decidirse, en primer lugar, si
quien va a ostentar la titularidad de la misma va a ser una persona natural (o
empresario individual) o una persona jurídica, y dentro de ésta, el tipo de
sociedad que se considera más conveniente para cumplir el fin o el objetivo de la
sociedad.
La
actuación de una persona natural como empresario individual requiere de la
autorización como Comerciante Individual. La constitución de una sociedad, en
cambio, parte de la existencia de una o más personas, dependiendo del tipo de
sociedad, quien o quienes, en virtud de un contrato fundacional, se comprometen
a poner en común patrimonio para el ejercicio de una actividad empresarial.
El objetivo de esta
actividad puede ser la obtención de beneficios (sociedades mercantiles) o
facilitar a sus socios determinadas prestaciones (como las sociedades
cooperativas), siendo necesario cumplir determinados requisitos formales para
que la sociedad tenga capacidad jurídica plena, independiente de la de sus
socios.
No hay comentarios:
Publicar un comentario